APARTADO

También se le dice: anticipo, reserva.

Es el dinero que entregas para que dejen de ofrecer la casa mientras se cierra el trato.

El apartado no está regulado con ese nombre en el Código Civil Federal. Lo que vale es lo que diga el papel que firmas, y por eso ese papel importa más de lo que parece.

Un apartado bien hecho dice cuatro cosas, por escrito y con fecha: cuánto entregas, qué casa exactamente se aparta, hasta qué día, y qué pasa con tu dinero en cada escenario —si tú te arrepientes, si el vendedor se arrepiente, y si la operación no se puede hacer por algo que aparezca en la revisión legal (un gravamen, una sucesión abierta, un crédito que no autorizan)—.

Ese último escenario es el que la gente no pone y el que más duele. Si el apartado no dice que te devuelven el dinero cuando la casa no puede escriturarse, puedes perderlo sin haber hecho nada mal.

Guarda el comprobante de la transferencia y pide un recibo con el nombre completo de quien recibe.

POR QUÉ TE IMPORTA

Todo lo que no esté escrito en el apartado se decide después, y no a tu favor. Pide siempre el documento antes de transferir.

DE DÓNDE SALE ESTO

Esto es información general, no asesoría legal. Tu caso lo tiene que ver un notario o un abogado.

A DÓNDE SEGUIR

Palabras que van con esta

  • Arras — Son el dinero que se entrega como señal de un trato y que, según lo pactado, se pierde o se devuelve al doble si alguien se echa para atrás.
  • Contrato de promesa de compraventa — Es el contrato en el que dos personas se obligan a firmar más adelante la compraventa definitiva de una casa.
  • Certificado de libertad de gravamen — Es el documento que expide el Registro Público y que dice si una casa tiene o no deudas, hipotecas o embargos anotados.
  • Comisión inmobiliaria — Es lo que cobra quien intermedia la venta de una casa, normalmente un porcentaje del precio y a cargo de quien vende.

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