PREDIAL
También se le dice: impuesto predial.
Es el impuesto anual que cobra el municipio por ser dueño de un inmueble.
Lo calcula el municipio sobre el valor catastral —en Jalisco se le llama valor fiscal—, que es su propio valor de referencia y suele estar muy por debajo del precio de mercado. La tasa se expresa «al millar»: un 2.40 al millar quiere decir $2.40 por cada mil pesos de valor catastral al año.
En las plazas donde operamos leímos la ley vigente. En Sinaloa la tarifa es estatal y la misma para Culiacán, Mazatlán y Ahome; en Mexicali la casa que habita su dueño paga 2.40 al millar; en Tijuana la tasa general es 4.29 al millar; y en Guadalajara el impuesto se causa cada dos meses con una tarifa progresiva. En los cuatro hay descuento por pagar el año completo al principio, y Sinaloa además baja a la mitad el predial de la casa que habita su propietario.
Para una compraventa importa por una razón concreta: el adeudo de predial sigue a la casa. El notario va a pedir la constancia de no adeudo antes de escriturar, y si hay años sin pagar, alguien los tiene que pagar antes de la firma.
Después de comprar, revisa que el recibo quede a tu nombre.
POR QUÉ TE IMPORTA
Si compras: pide la constancia de no adeudo antes de firmar. Si vendes: ponte al corriente antes de buscar comprador.