VICIOS OCULTOS
Son los defectos de la casa que no se veían al comprarla y que la hacen impropia para vivirla o le quitan valor.
El Código Civil Federal obliga a quien vende a responder por los defectos ocultos de la cosa que la hagan impropia para el uso al que se destina, o que disminuyan ese uso de tal modo que, de haberlos conocido, el comprador no habría comprado o habría pagado menos (artículo 2142).
La palabra clave es «ocultos». Una grieta a la vista, un techo sin impermeabilizar que se nota, una casa que visitaste y viste como está: eso no es vicio oculto. Sí puede serlo una fuga bajo el piso, una instalación eléctrica hecha mal y tapada, o un hundimiento que no se aprecia.
Hay plazos para reclamar y varían por estado, así que si algo aparece poco después de mudarte, no lo dejes pasar meses. Y del lado práctico: lo que evita casi todos estos pleitos es una visita con alguien que sepa ver la casa antes de firmar.
POR QUÉ TE IMPORTA
No cubre lo que se veía. Por eso importa tanto visitar la casa y, si puedes, llevar a alguien que sepa de construcción.